Vasijas Funerarias

Vasijas Funerarias
Vasijas funeraraias de los indigenas del lago de Tacarigua o Valencia

miércoles, 12 de octubre de 2011

OCUPACION DESPOJO Y USURPACION DE TIERRAS INDIGENAS EN EL VALLE DE TURMERO 1593-1810

En este estudio concreto se aporta elementos trascendentes para la comprensión total de nuestra Historia Nacional y muy especialmente sobre el proceso de transferencia de las tierras comunales indígenas a manos particulares y la  resistencia de estos para retenerlas.

Para desarrollar este estudio nos basamos fundamentalmente en varios juicios, que por sus tierras enfrentaron indígenas, criollos y mestizos durante el siglo XVIII; y otros documentos tales como testamentos, juicios y escribanías de los  siglos XVII, XVIII y XIX.
El espacio geográfico objeto de la investigación  se corresponde en la actualidad con parte de los municipios Santiago Mariño, José Ángel Lamas, Francisco Linares Alcántara y el extremo sur oriental del municipio Girardot del Estado Aragua


El Valle de Turmero se extiende en dirección Norte- Sur desde las estribaciones de la cordillera hasta el  litoral al Lago de los Tacariguas (Lago Valencia); en él encontraron los españoles un importante asentamiento de indígenas, que en forma colectiva trabajaban sus tierras desde tiempos inmemoriales y donde tenían conucos, labranzas y cazaderos. 

            “... donde estan los dichos yndios poblados y ttienen sus conucos que es de una parte y otra del río Aragua... estas tierras que  esttan devajo de estos lindero son de los indios de mi encomienda  que estan poblados en el Valle de Turmero y aunque el se noa que dicho tiempo y memoria de hombre no es contrario han esttado gozando de ellas hastta ahora...”(1).


            La actividad económica que estos indígenas realizan bajo relaciones sociales de producción comunitaria fue alterada significativamente con el proceso de sometimiento llevado a efecto por el imperio español.

            Para 1593, Lorenzo Martínez, encomendero de los indios de Turmero, solicita al Cabildo de Santiago de Leon de Caracas  que se le otorguen títulos de merced a el y alos indígenas por las tierras de este valle; “...que  Vuestra Merced sean servidos de leis dar títulos de estas tierras se su declaración que osn los linderos que aquí especifico, en tiulos de encomienda para siemprer jamas para ellos y sus descendientes (2)

            La ocupación, despojo y apropiación de tierras comunales indígenas en el Valle de Turmero, se inicia a finales del siglo XVI y se prolonga hasta mediados del siglo XIX.  Este proceso comienza desde el mismo instante en que la corona española considera de su dominio todo el “Nuevo Mundo”; partiendo de esto, los “conquistadores” de la Provincia de Venezuela recibieron como recompensa encomienda de indios y tierras; a partir de estos beneficios, ocuparon espacios a los que se sentían con derecho por su participación en el proceso de conquista; así lo manifiesta Lazaro Vasquez en 1594, cuando pide al Cabildo de la ciuadad de Santiago  de León de Caracas le sean confirmadas tierras en el Valle de Aragua.

                        “Lazaro Vasquez vecino de esta ciuadad uno de los primeros conquistadores pacificadores de esta provincia de Caracas y ciudad de Craballeda que en ella entro don Francisco de Faxardo digo que por los trabajos ejercidos que a su nombre e hecho en si en esta provincia como en otras partes de esta governación que me e hallado de treita y seis años  aesta parte ayudando a conquistar  e poblar e pacificar los naturales de ella se me a dado tierra y estancia y Vuestra Merced me a mandado dar posesion de las dichas tierras la cual ya tengo actual y corporal... presento este titulo de un pedazo de tierra que me fue dado en el Valle de Aragua por el Cabildo de esta ciudad...” (3)

            Las Cédulas Reales emitidas por el Estado Español en la última década del siglo XVI, amparan jurídicamente las ocupaciones de tierras y estimularon la apropiación de otras. El primero de noviembre de 1592 por comisión Real se ordena la venta y composición de tierras; El Gobernador Don Diego de Osorio otorga título de propiedad de tierras a los indígenas en Turmero en 1594, posteriormente en las primeras décadas del siglo XVIII, el Juez de Tierras Don Francisco Alonso Gil  se las confirma y Don Juan de Manianeda les ratifica la propiedad. (4)

            Los encomenderos de este Valle, en vista de las amplias extensiones de tierras que los indígenas no habían incorporado al proceso productivo y, como otras personas se interesaban en componer estas tierras, se sintieron con derecho a ocupar tierras para acrecentar su patrimonio particular; las mercede, composiciones y confirmaciones aseguraban a perpetuidad la titularidad que no otorgaba la encomienda.(5)

            En 1611, Juan de Ponte Rebolledo encomendero de indios en el valle de Turmero, pide composición de tierras cerca de las labranzas de sus encomendados. (9) Este encomendero al igual que Lorenzo Martínez fue favorecido por la Corona y el 28 de mayo de 1611, el Gobernador Don Sancho de Alquiza, le otorga título de composición de las sabanas de Guere en el Valle de Turmero.

            El Alcalde Ordinario de la ciudad de Santiago de León de Caracas Lorenzo Martínez de Villegas,  se le otorgaron en Merced 20 fanegadas de tierras; las cuales le fueron confirmadas y compuestas el doce del mismo mes y año en el valle de Guayabita bajo los siguientes linderos.

“... al poniente con la sierra y quardillera del valle de Tocopio y por la parte del oriente con el valle de Paia donde el presente tienen fundada una hacienda de cacao  Don Pheliphe Martinez de Villegas y por el sus la cuesta y sierra que llaman de Guacua...” (6)

Las tierras del Valle de Paya, fueron ocupadas por Phelipe Martínez de Villegas, donde fundó hacienda de cacao y otros árboles; para legalizar esta ocupación, las pide en meced y se las concedió  el Gobernador Francisco Nuñez de Melian el veintinueve de abril de 1637; despachándole título de posesión el cinco de mayo del mismo año.(7)

            Las figuras jurídicas; mercede, composiciones y confirmaciones fueron utilizadas por los conquistadores y sus descendientes, para afianzar los derechos que de hecho ejercían en estas tierras; estos  mecanismos jurídicos permitieron  a los “conquistadores” y sus descendientes legalizar la posesión  de hecho que ejercía sobre las tierras usurpadas a la comunidades indígenas.

            La ocupación despojo y apropiación de tierras es un proceso que en el valle de Turmero está relacionado con los encomenderos, la documentación consultada nos muestra como estos empezaron a ocupar tierras cercanas a las de los indios de sus encomienda los encomenderos y sus descendientes  vinculados al poder político colonial se apropiaron prácticamente de todo el fértil valle a través de mercedes, composiciones, y confirmaciones procedimientos jurídicos que les permitió legalizar las ocupaciones de hecho de las tierras comunales indígenas proceso este que se intensifica en los siglos XVII y XVIII y las primeras décadas del XIX,

La titularidad de 1593 y 1594, de la propiedad circular de tierras en el Valle de Turmero de una banda y otra del río Aragua es el basamento legal en que se ampararon los indígenas para reclamar sus tierras y denunciar el despojo de que eran objeto por  conquistadores criollos y mestizos; así se expresa en los juicios que enfrentaron durante todo el siglo XVIII y parte del XIX.

            Entre  1710-1719, los indígenas de Turmero sostienen un juicio por el despojo y usurpación que de sus tierras le hacían los indígenas del pueblo de Cagua  y algunos hacendados

            Los Caiques principales del pueblo de Turmero, Don Bartolomé Cabaigón y Don Juan Ygnacio Martínez Parica, piden amparo de sus tierras ante Don Fernando de Roxas,  Frente a las reclamaciones iniciadas por los indígenas en 1710 reiniciadas en 1718 una sentencia dictada en 1719, se  amparó a los indígenas basado  los títulos de 1593 y 1594 pero  al mismo tiempo se reconocen los títulos a quienes habían fundado haciendas en el Valle de Turmero.

            En el siglo XVIII, los indígenas enfrentaron otros juicios con miembros de la aristocracia territorial para defender sus tierras y reclamar la usurpación que de ellas se le hacen; a continuación presentamos un cuadro que ilustra algunos litigios entre indígenas y particulares.


LITIGIOS POR TIERRAS DE TURMERO EN EL SIGLO XVIII

AÑOS
PERSONAS CONTRA QUIENES LITIGABAN LOS INDIGENAS
CARACTERISTICAS DEL LITIGIO


1710-1719
Los indígenas de Cagua, Don Josephe de Oviedos y Baños, Doña Francisca Blanco, Los Herederos de Francisco de Tovar, los herederos de Domingo de Guzmán, los herederos de Francisco Rodríguez,, los herederos de Donicio Zedeño, el Maestro de Campo Francisco de Solórzano, el Maestro de Campo Juan Felipe de Villegas, Diego de Pulido, Tomas de Aguirre y  Matheo de la Torre
Los indígenas denuncian el despojo y usurpación que le hacen de sus tierras. (el juicio se desarrolla entre los años 1710-1719 )
1739
Con los herederos de Antonio Blanco Infante
Por los linderos de la hacienda Villegas
1764
Don Francisco Phelipe de Solórzano  Marqués de Mijares, Don Joseph de Oviedo Los Blanco Uribe y los Bolívar
Por linderos de la hacienda Guere
1773
Doña Adriana Blanco Uribe
Por linderos de tierras
1775
El Marqués de Mijares
Por linderos de tierras
1783
Don Gabriel Blanco
Los indígenas se resisten a ser despojado del valle de Guayabita donde tienen sus conucos
1796
Francisco Carvajal ( Corregidor)
Por despojos de tierras para sembrar añil

Elaboración propia

Por otra parte y  a la luz de las fuentes documentales consultadas hasta el momento, en las primeras décadas del siglo XIX, los indígenas del Valle de Turmero, a pesar del despojos lograron mantener en propiedad colectiva alguna de sus tierras, las denominadas de resguardos
Los juicios que por tierras enfrentaron blancos y/o criollos, mestizos e indígenas en el siglo XVIII, evidencia lo violento del proceso de transferencia de tierras indígenas a manos particulares; que los indios denominan despojo y usurpación
            En estas tierras usurpadas, ya en manos de la “aristocracia territorial” se fundaron importantes haciendas de caña de azúcar con sus respectivos trapiches; trabajadas principalmente con mano de obra esclavizada  durante todo el periodo colonial y las primeras décadas de la república y son el origen de Propiedad Territorial en el Valle de Turmero.
           
           
(1)Archivo del Registro Principal de Caracas. Sec. Tierras. EL Marqués de Mijares y Don Francisco Javier de Oviedo contra los indios de Turmero  sobre tierras y por los Blanco Uribe y los Bolivares. Año 1764. M-1 Folio 95. Documentos relativo a la petición hecha por Lorenzo Martinez ante el Cabildo de Caracs en 1593.
(2)IBIDEM Folio 96
(3)Archivo del Registro Principal de Cracs Sec. Tierras F-1 1690 Folio 3vto. “Titulo        Presentado por Don Andres Fernández de Fuenmayor de una posesion de tierras en el Valle de Maracay”
(4)Archivo del Registro Principal de Caracas Sec. Tierras, B-3 Año 1783. Doc. Cit. Folio 31
(5)Archivo del Registro Principal de Caracas. Sec. Tierras, Año 1764. Doc. Cit. Folio 281.
(6) Archivo  del Registro Principal de Caracas. Sec. Tierras B-3. Año 1783. “  Segunda pieza de los autos seguidos por Don Gabriel Blanco  sobre tierras de Turmero y sus yndios en el valle  que nombra de Guayabita.”  Documento relativo a los títulos de las tierras de Guayabita Folio 14
(7) Archivo  del Registro Principal de Caracas. Sec. Tierras T-1   Año 1766. Folio 111    “Testimonios de Autos dos a favor de los Indios de Turmero en que se encuentran sus títulos de sus tierras”.

Escrita por:  NELLY GUILARTE UGAS